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Miércoles 3 de Diciembre de 2025

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03/12/2025

Aguinaldo de diciembre 2025: todo lo que hay que saber sobre el salario anual complementario

Fuente: telam

El pago del beneficio llega antes de fin de año y representa un refuerzo económico para trabajadores y jubilados. Cómo se calcula y cuándo se cobra

>A pocos días de la fecha de pago del El SAC se calcula sobre el 50% del salario mensual más alto cobrado durante el semestre. Su acreditación es clave en el cierre del año, cuando las familias enfrentan mayores gastos y planifican su economía con la expectativa de este ingreso adicional.

El Salario Anual Complementario (SAC), conocido comúnmente como aguinaldo, es una remuneración adicional que perciben los trabajadores registrados del país. Este pago se abona en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre.

El SAC está establecido por la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo y es de cumplimiento obligatorio para empleadores privados y el sector público.

La normativa establece que el pago de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), correspondiente al segundo semestre, debe realizarse como fecha tope el 18 de diciembre de 2025. Se permite un plazo adicional de hasta cuatro días hábiles para que los fondos se acrediten en las cuentas bancarias, lo que lleva la fecha máxima al 24 de diciembre de 2025.

Con este cronograma, se garantiza que los empleados puedan contar con el dinero para afrontar los gastos propios del cierre del año.

El cálculo del aguinaldo se basa en el 50% del salario mensual más alto percibido entre los meses de julio y diciembre. Para establecer el monto, se deben cumplir algunos pasos: primero, identificar el salario mensual más elevado del semestre, contemplando todos los conceptos remunerativos (sueldo básico, horas extra, comisiones y adicionales sujetos a aportes y contribuciones). Luego, se calcula la mitad de ese valor.

Por ejemplo, si el salario más alto percibido entre julio y diciembre fue de 1.200.000 pesos, el aguinaldo bruto correspondiente será de 600.000 pesos. En caso que el mejor ingreso mensual durante ese período llegara a 2.000.000 de pesos, será de 1.000.000 de pesos.

En circunstancias en que el trabajador haya ingresado a su empleo durante el segundo semestre del año y, por lo tanto, no cuente con seis meses de antigüedad al 31 de diciembre, el cálculo del aguinaldo se realiza de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado. Esto incluye situaciones de ingresos recientes o reincorporaciones.

De esta forma, el trabajador recibirá un aguinaldo acorde al tiempo de permanencia en la empresa, garantizando un criterio equitativo en la liquidación del beneficio, más allá de la fecha de ingreso.

El pago del aguinaldo corresponde a trabajadores registrados en relación de dependencia, tanto en el ámbito privado como en el público. Este beneficio alcanza a empleados de planta permanente, contratados, personal doméstico formalizado y trabajadores rurales incluidos en convenio.

No están comprendidos los trabajadores autónomos, monotributistas ni quienes realizan actividades de manera independiente, excepto en los casos en que alguna normativa particular lo indique. Los pasantes o practicantes solo perciben aguinaldo si el convenio aplicable lo dispone expresamente.

El derecho al Sueldo Anual Complementario se mantiene ante licencias pagas, enfermedad justificada o vacaciones. En caso de despido o renuncia, corresponde el pago proporcional en relación con el tiempo trabajado en el semestre.

El aguinaldo no incluye a quienes perciben planes sociales. Está destinado únicamente a personas registradas en el sistema laboral formal o previsional argentino. Por ese motivo, quienes reciben asistencia económica quedan excluidos de este régimen.

La liquidación del aguinaldo debe contemplar todos los conceptos remunerativos, entre ellos sueldo básico, horas extra habituales, comisiones y suplementos salariales.

Cuando el salario sea variable o existan componentes no fijos, como las comisiones, el empleador debe tomar como referencia el mes en el que el trabajador percibió la mayor suma total para calcular el aguinaldo. El recibo debe detallar el pago y permitir su verificación.

Según el tributarista Sebastián Domínguez, el impacto del aguinaldo en el Impuesto a las Ganancias varía según la situación de cada persona, porque depende de sus características particulares. Ocurre que todos los meses se va sumando una doceava parte de la remuneración y una doceava parte de las deducciones personales.

“Pero también puede suceder lo contrario. En muchos casos, esa doceava parte que se fue incorporando es menor que el aguinaldo real, por ejemplo si en los últimos meses hubo un aumento salarial. En esas situaciones, no se retiene sobre el 100% del aguinaldo, porque una parte ya fue contemplada mes a mes, sino solo sobre la diferencia. Eso es lo más habitual”, añadió.

De todos modos, el CEO de SDC Asesores Tributarios señaló que pueden darse ambos escenarios: que coincida exactamente lo acumulado con el aguinaldo y no haya retención; que haya una pequeña retención si el aguinaldo resulta mayor; o incluso una pequeña devolución si, por alguna circunstancia, el aguinaldo termina siendo menor. En definitiva, hay que analizar cada caso en particular.

Sin embargo, cuando a fin de mes se paga el sueldo y se consideran todos los ingresos acumulados, sí se termina reteniendo el impuesto, tanto sobre el salario como sobre la parte del aguinaldo que excede lo ya agregado mes a mes.

Fuente: telam

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